Informe de Evaluación Independiente del Estado del Sistema de Control Interno Segundo semestre 2021
En atención a lo estipulado en el Decreto 2106 de 2019 “Por el cual se dictan normas para simplificar, suprimir y reformar trámites, procesos y procedimientos innecesarios existentes en la administración pública” (artículo 156), donde señala que el jefe de la Unidad de la Oficina de Control Interno o quien haga sus veces, deberá publicar cada seis (6) meses, en el sitio web de la entidad, un Informe de evaluación independiente del estado del Sistema de Control Interno, de acuerdo con los lineamientos que imparta el Departamento Administrativo de la Función Pública en referencia a el Sistema de Control Interno en el marco del Modelo Integrado de Planeación y Gestión MIPG.
      Documento Adjunto    
        
      
      Fecha de Expedición    
                  
      Periodicidad    
                  
              
      Subcategoria    
                  Evaluación Independiente del estado del Sistema de Control Interno
              
      Clasificación    
                  Informes a organismos de inspección, vigilancia y control